Incumplimiento del artículo 23 del Código Niña, Niño y Adolescente, acciones para la prevención del embarazo adolescente

[2021-10-11] Que el Estado Plurinacional de Bolivia, en la gestión 2014, aprueba y promulga la Ley N.° 548 Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA), que tiene por objeto reconocer, desarrollar y regular el ejercicio de los derechos de la niña, niño y adolescente, e implementa un Sistema Plurinacional Integral de la Niña, Niño y Adolescente para la garantía de sus derechos, mediante la corresponsabilidad del Estado en todos sus niveles, la familia y la sociedad. Que el CNNA protege el derecho de las niñas, niños y adolescentes a recibir información y educación para la sexualidad y para la salud sexual y reproductiva por parte del Estado en todos sus niveles, y en forma prioritaria por sus padres, guardadores, tutores y dentro del sistema educativo, de acuerdo con su desarrollo físico y psicológico; así como a la provisión de servicios de asesoría, atención y acceso a insumos para el cuidado de la salud reproductiva, mediante servicios diferenciados.

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