Educación superior inclusiva para personas con discapacidad en las universidades del sistema de la Universidad Boliviana

13[2021-01-13] El derecho a la educación inclusiva de las personas con discapacidad como un derecho fundamental que garantiza el desarrollo de sus potencialidades y su inclusión efectiva en la sociedad, encuentra base principal en la Constitución Política del Estado de 7 de febrero de 2009 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas ratificada mediante Ley N° 4024 de 15 de abril del mismo año. Este derecho implica que el Estado debe generar las condiciones materiales necesarias para su ejercicio. Habiendo transcurrido al menos once años desde la promulgación de la Constitución y la ratificación de la Convención citadas, fue imperiosa la necesidad de realizar una investigación defensorial para determinar las medidas adoptadas por las Universidades del Sistema de la Universidad Boliviana en el nivel de pregrado, respecto a las condiciones de admisión estudiantil, exención de valores y otorgación de becas, existencia de unidades de apoyo, condiciones de accesibilidad física, comunicacionales y actitudinales para la inclusión educativa de personas con discapacidad; cuyos resultados se plasman en el presente informe defensorial.13

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